martes, 23 de junio de 2020

ECOLOGISTAS UNIDOS en la COMISIÓN PARLAMENTARIA DE DIPUTADOS por la LUC

Ecologistas Unidos, fuimos recibidos por la Comisión de Diputados, que estudia la LUC, Ley de Urgente Consideración.
En el caso de nuestra Candidata la Sra. Ofelia Gillespie, que además de ser la Presidenta del Movimiento Pro Ecología de Montevideo, integra Ecologistas Unidos, debemos agradecer públicamente al Diputado Dr. Eduardo Lust por las magníficas expresiones que dirigió haciendo mención expresa de las cualidades que nuestra compañera tiene, como persona y trabajadora honoraria en favor de la sociedad y la ecología, desde hace muchos años.
Esperamos la versión taquigráfica para compartirla con ustedes.
Seguidamente transcribimos el documento que se presentó ante la Comisión.
Destacamos el trabajo de la Dra. Roxana Corbrán y de Martín Biurrun, en la confección de tan importante documento.





AUDIENCIA CON LA COMISIÓN DE ESTUDIO DEL PROYECTO DE LEY DE URGENTE CONSIDERACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
VIERNES 19 DE JUNIO 2020

INFORME ECOLOGISTAS UNIDOS

Antes que nada, damos nuestro claro apoyo a la creación del nuevo Ministerio de Ambiente, pues consideramos que es un paso cualitativo que el sistema político jerarquice lo concerniente al ambiente, mediante un rango Ministerial.

Dicho esto, nuestro colectivo desea presentarles algunas propuestas de modificación de algunos artículos, producto del enriquecedor debate surgido en nuestros grupos de trabajo.

En primer lugar, queremos agradecer al Senado que hayan adoptado varias de nuestras propuestas anteriores que se ven reflejadas en los art. 290 f) y g) entre otros y en el capitulo de Bienestar Animal.

Ahora pasamos a presentarles un esquema en el que podrán observar que identificamos en círculos de fondo blanco, con letras negras, las direcciones o áreas que el proyecto de ley menciona o que se encuentran comprendidas en unidades mencionadas.

En el caso del Ordenamiento Territorial, surgirá de la delimitación de competencias entre el futuro Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y el de Ambiente.

Propuesta Creación Ministerio de Ambiente (art.288- 300)


OSE y INUMET son según el texto del proyecto de ley de urgente consideración organismos descentralizados que se relacionarán con el Poder Ejecutivo mediante el nuevo Ministerio.

En esta oportunidad, planteamos las siguientes propuestas de modificación del artículado.

Primera propuesta: propuesta de modificación de redacción de literal F en el artículo 290

Observamos la necesidad de incorporar, a la nueva estructura ministerial, competencias particulares que actualmente dependen del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Sobre el lado derecho del esquema (supra), podrán encontrar círculos de fondo negro y letras blancas. En él se propone la incorporación de algunas Áreas con competencias específicas para algunas unidades de este Ministerio. Éstas Áreas y competencias son:

A) La primera área a incorporar, sería la actual Dirección General de Recursos Naturales. En una simple lectura de las competencias de esta dirección podemos observar que se asemejan mucho a los objetivos del nuevo Ministerio:
“Dirección responsable de promover el uso y manejo racional de los recursos naturales, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del sector agropecuario y coadyuvar a la conservación de la diversidad biológica. Cometidos Sustantivos:
• Formular la estrategia nacional sobre el uso y manejo sostenible de los recursos naturales.
• Promover y regular el uso y manejo integrado y sostenible de los recursos naturales (suelos, aguas) cuyos fines sean agropecuarios, en función de cuencas hidrográficas.
• Controlar el cumplimiento del marco regulatorio de las actividades relacionadas con el uso y manejo de los recursos naturales.
• Generar la información necesaria para establecer la capacidad productiva de los padrones rurales del país expresada en índices de productividad.
• Establecer, desarrollar y mantener el Sistema de Información Geográfico de los recursos naturales.
• Formular y coordinar acciones con organismos públicos nacionales y departamentales en lo referente al uso y manejo sostenible de los recursos naturales, así como celebrar convenios con personas públicas y privadas, nacionales o extranjeras para la ejecución de los cometidos, controlando su cumplimiento.
• Colaborar con la información disponible en relación a los recursos naturales, al ordenamiento ambiental del territorio
• Difundir las normas que regulan el uso y manejo de los recursos naturales y las tecnologías que permitan el uso sostenible de los mismos.
• Coordinar y supervisar el cumplimiento de los cometidos sustantivos del Organismo.
• Desarrollar políticas nacionales de uso y manejo sostenible de los recursos naturales.
• Proponer la actualización de las normas legales relacionadas al uso y manejo de los recursos naturales.
• Propender a la descentralización de las actividades a través de una mayor participación de las regionales.
• Proponer el desarrollo de convenios o acciones con organismos nacionales, internacionales y con personas públicas o privadas, referentes al uso y manejo sostenible de los recursos naturales.
• Aprobar los planes de uso y manejo de suelos y aguas relacionados al otorgamiento de permisos o concesiones de uso privativo de las aguas de dominio público con destino al riego agrario.
• Mantener y gestionar bases de datos con información digital georeferenciada, de la distribución geográfica, características e infraestructura asociada a los recursos naturales, asegurando su difusión.
• Interpretación de imágenes satelitales para estudios de uso del suelo” (Recuperado en: https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/institucional/estructura-del-organismo/direccion-nacional-recursos-naturales-renovables).

B) La segunda competencia a incorporar sería la investigación sobre los recursos hidrobiológicos y el ecosistema acuático de la actual Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. No es necesario en este caso traspasar toda la Dirección sino solamente esa competencia particular.

C) La tercera es el monitoreo de bosques, registro y comprobación en terreno de la conservación y manejo sustentable de todo tipo de bosque (natural y plantado) que actualmente depende de la División Gestión de Bosques de la Dirección General Forestal. En este caso también seria una competencia puntual, en el entendido que esta tarea no puede ser realizada por la misma Dirección que favorece la Forestación, con riesgo de caer en el concepto de ser juez y parte.

Para incorporar estas tres áreas o competencias (según corresponda), es necesario modificar la redacción del literal F del artículo 290, incluyendo además la Dirección General de Recursos Naturales.

“F) Ejercer, en particular, la competencia atribuida por la ley a la actual Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), a la actual Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA), a la actual Dirección General de Recursos Naturales, así como la competencia de investigación sobre los recursos hidrobiológicos y el ecosistema acuático de la actual Dirección Nacional de
Recursos Acuáticos, la competencia de monitoreo de bosques, registro y comprobación en terreno de la conservación y manejo sustentable de todo tipo de bosque (natural y plantado) de la actual división gestión de bosques de la Dirección General Forestal; y toda aquella otra que, por razón de materia y territorio, la Constitución de la República y las leyes le hayan atribuido al actual Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) en materia ambiental, desarrollo sostenible y preservación de recursos naturales. En especial, ejercerá la competencia en materia ambiental y desarrollo sostenible reguladas en la normativa vigente y modificativas.

Segunda propuesta: agregado y redacción de literal K en el artículo 290

Sugerimos es la creación de un centro de atención al ciudadano y a las organizaciones sociales (una especie de ventanilla de atención y recibimiento, que canalice las solicitudes de información y las denuncias. Para esto se propone la incorporación de un literal K dentro del artículo 290:

“K) Atender las solicitudes de información, consultas y denuncias, mediante la implementación de un centro de atención para la ciudadanía y las organizaciones sociales.”


Tercera propuesta: agregado y redacción de literal L en el artículo 290

La segunda modificación que proponemos es la creación de una Comisión Asesora con colaboradores honorarios, que se componga de especialistas, organizaciones no gubernamentales, cátedras universitarias, entre otros, que podrían colaborar de forma voluntaria y honoraria con el nuevo Ministerio. Para este fin, proponemos la incorporación de un literal L en el artículo 290:

“L) Crear una Comisión Asesora Honoraria que integre a las fundaciones, asociaciones, organizaciones, colectivos, institutos, universidades, así como a reconocidos especialistas en materia de ambiente y desarrollo sostenible, que se registren ante el Ministerio como colaboradores honorarios.”

Cuarta propuesta: Modificación y agregado a la redacción del artículo 292
Con el objetivo de dejar claro que el Ministerio se hace cargo iniciales de los gastos de investigación o presentación de denuncias, sin perjuicio de que si se constata daño ambiental los gastos serán de cargo de las personas físicas o jurídicas responsables individual o solidariamente, sugerimos modificar la redacción del artículo. Y se propone para casos graves el procedimiento de la Ley 17.220.

El artículo 292 quedaría así:

“Artículo 292 (Sanciones). El Ministerio de Ambiente controlará el cumplimiento de todas las normas jurídicas de protección del medio ambiente por parte de los sujetos que desarrollen actividades públicas o privadas. Los infractores serán pasibles de multas desde 50 UR (cincuenta unidades reajustables) hasta 100.000 UR (cien mil unidades reajustables), sin perjuicio de lo dispuesto por otras normas aplicables.
El Ministerio de Ambiente aplicará las sanciones que correspondan y, sin perjuicio de éstas, remitirá los antecedentes a la Justicia competente cuando correspondiere. Los gastos para la investigación de las situaciones a verificar daños ambientales los insumirá inicialmente el Ministerio y una vez comprobados los mismos, serán de cargo de la o de las personas físicas o jurídicas responsables individual o solidariamente.
Asimismo, el Ministerio podrá ejercer la acción prevista en el artículo 42 del Código General del Proceso.
En los casos que sean de gravedad en el territorio nacional se aplicara el procedimiento del artículo 9 de la ley 17.220”.


Quinta propuesta: nueva redacción del artículo 297

En lo relativo al artículo 297 sugerimos incluir en el Consejo Nacional de Meteorología un representante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en el entendido que tanto la Dirección de Hidrografía, Dirección de Transporte Fluvial. Ferroviario así como de Transporte Aéreo, podrían aportar, debido que el Transporte se ve directamente subordinado a los cambios climáticos que acontecen.

Así, se propone la nueva redacción del artículo 297:

“Artículo 297. Sustitúyese el artículo 13 de la Ley N° 19.158, de 25 de octubre de 2013 y sus modificativas, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 13. (Consejo Nacional de Meteorología).- Créase el Consejo Nacional de Meteorología, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Ambiente, tendrá carácter honorario y estará integrado por un representante de cada uno de los siguientes organismos:
A) Ministerio de Ambiente que la presidirá.
B) Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
C) Ministerio de Industria, Energía y Minería.
D) Ministerio de Defensa Nacional.
E) Ministerio de Vivienda y ordenamiento territorial.
F) Sistema Nacional de Emergencias.
G) Universidad de la República.
H) Ministerio de Turismo.
I) Congreso de Intendentes
J) Ministerio de Transporte y Obras Públicas”.

Sexta propuesta: Modificación de la redacción del artículo 293

Si se adoptaran las modificaciones propuestas anteriormente, deberá realizarse los ajustes al artículo 293 de la ley, relativos a la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros.

Así sugerimos la adecuación del artículo 293:

“Artículo 293. (Transferencia de recursos humanos, materiales y financieros). Transfiéranse al Ministerio de Ambiente que se crea por la presente ley, y cuando así lo determine el Poder Ejecutivo, los recursos humanos y materiales, así como los programas de funcionamiento y los proyectos de inversión, con sus créditos correspondientes y unidades ejecutoras respectivas del actual Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca afectados a la ejecución de los cometidos referidos en el Artículo 290; en especial, aquellos que corresponden a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) y a la Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA). Los funcionarios del actual Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y del actual Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca que se redistribuyan al Ministerio de Ambiente, conservarán todos los derechos que gozan actualmente, en especial, los referidos a la carrera administrativa.”

Séptima propuesta: Modificación del orden de los artículos en relación a los Recursos
Consideramos que los artículos referidos tendrían que tener el siguiente orden de acuerdo al nomen iuris y contenido de los artículos los organizaríamos en el siguiente orden:
1. Recursos ( ahora art. 294)
2. Transferencia de recursos humanos, materiales y financieros. (art.293)
3. supresión de Secretaria Nacional de Ambiente Agua y Cambio climático de Transferencia de recursos, (art. 298)
4. Transferencia de recursos Secretaria Nacional de Ambiente Agua y Cambio climático de Transferencia de recursos (art.295).
5. De los cargos y la incorporación del Ministerio de Ambiente al Presupuesto Nacional (art.300)
6. Denominación del Ministerio de Vivienda y ordenamiento territorial. (art. 299)

En el caso de la Secretaria Nacional de Ambiente Agua y Cambio climático.
Sugerencia que en un mismo articulo se realice la supresión y la transferencia de recursos.


Creación del Instituto Nacional de Bienestar animal (art.371 -387)

Octava Propuesta de modificación de redacción del artículo 371

Otra área que recomendamos incorporar al nuevo Ministerio es el nuevo Instituto Nacional de Bienestar Animal. Muchos podrían preguntarse, ¿por qué si las vacas y los peces son animales deberíamos crearlo en otra órbita? A nuestro entender, y en lo personal por deformación profesional de abogada, no se puede ser juez y parte. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, busca, con toda nobleza, siguiendo ese su cometido, estimular la producción ganadera, agrícola y pesquera en nuestro país, por lo tanto consideramos que es más adecuado que el bienestar animal este directamente unido al nuevo Ministerio de Ambiente que estará dedicado al cuidado de nuestro entorno y por lo tanto de quienes vivimos en él.

En ese sentido se propone la incorporación como órgano desconcentrado del Ministerio, proponiendo la modificación del articulo 371:

“Artículo 371. (Creación). Sustitúyase el artículo 14 de la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley No 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 14. Créase el “Instituto Nacional de Bienestar Animal” como órgano desconcentrado del Ministerio de Ambiente, el cual constituirá una nueva unidad ejecutora de conformidad con lo que se disponga por ley de presupuesto.”.


Novena propuesta: ad eventum, nueva redacción del articulo 372

Para el caso que no se comparta nuestra propuesta ut supra y que la Comisión mantenga el Instituto Nacional de Bienestar Animal que se creará en la órbita del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, consideramos que al menos el Consejo Directivo de ese Instituto deba tener un representante del futuro Ministerio de Ambiente. Se sugiere por tanto modificar la redacción del artículo 372 de la presente ley.
La nueva redacción propuesta (para el caso de que el MGAP mantenga el Instituto Nacional del Bienestar Animal sin aceptarse nuestra de incorporarlo al Ministerio de Ambiente):

“Artículo 372. (Consejo Directivo). El Instituto será dirigido por un Consejo Directivo conformado con un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que lo presidirá, un representante del Ministerio de Salud Pública (Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis), un representante del Ministerio del Interior, un representante del Ministerio de Ambiente un representante del Congreso de Intendentes, un representante de la Facultad de Veterinaria, un representante de las agremiaciones de productores rurales y un representante de las protectoras de animales. El Consejo Directivo reglamentará su funcionamiento y sesionará semanalmente”.
De las Áreas Naturales Protegidas (art.474- 475)

Décima Propuesta: Sugerimos eliminación de los artículos 474 y 475, para un estudio posterior pormenorizado. Ante la existencia de normativa vigente que la regula no encuadraría en casos de urgente consideración.
Quedando a su entera disposición, saludan a Uds. muy atentamente.

Delegación de ECOLOGISTAS UNIDO

Ecologistas Unidos y la LUC en Comisión de Senadores

Acompañamos a Ecologistas Unidos, organización a la que pertenecemos, a la Comisión Parlamentaria de Senadores y Diputados,
En la primer delegación, a la de Senadores, fuimos junto a Roxana Corbrán y dos integrantes mas.
Les Adjuntamos versión taquigráfica. 
Ingresa a sala la delegación de Ecologistas Unidas).
–Damos la bienvenida a la delegación de Ecologistas Unidas integrada por Roxana Corbrán, María Elena Casanova, Adriana Balcarcel y Ofelia Gillespie. 
SEÑORA CORBRÁN.- Agradecemos la oportunidad de participar y de poder expresar nuestras opiniones. 
                Antes que nada, queremos manifestar nuestro apoyo a la creación del nuevo Ministerio de Medio Ambiente y de Desarrollo Sostenible, consideramos que es un paso muy importante para nuestro país porque le da rango ministerial a una causa tan importante como es la protección del medio ambiente. 
Nosotros elaboramos –para dejar a la comisión, pero también puede enviarse por correo electrónico– un pequeño esquema sobre lo que consideramos que podrían ser las distintas competencias del ministerio y delimitamos tanto las que serían del  Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como las que corresponderían al de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 
                Con respecto a las distintas funciones de este ministerio, aprovechamos esta oportunidad para hacer algunas sugerencias. Además de lo que está previsto planteamos otras opciones; por ejemplo, en el artículo 287 proponemos  que se incorpore a la Dirección General de Recursos Naturales, que actualmente está en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el entendido de que sus competencias están ligadas directamente a las que se prevén para el futuro Ministerio de Ambiente y Desarrollo. 
También proponemos transferir la competencia de investigación sobre los recursos hidrobiológicos y el ecosistema acuático que está en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. 
Otra área que nos parece que podría integrarse de mejor manera a lo que sería el nuevo ministerio es aquella que tiene que ver con el monitoreo, registro y comprobación en terreno de la conservación y manejo sustentable de todo tipo de bosques. 
Finalmente, proponemos que el Instituto Nacional de Bienestar Animal sea creado bajo la órbita de este ministerio o, si ello no es posible, que un representante de esta nueva cartera integre el consejo directivo. 
                De acuerdo con los artículos y los capítulos que hemos visto, tenemos una propuesta para el artículo 287. Sugerimos un literal K), donde se prevea la creación de un centro de atención al ciudadano y a las organizaciones sociales; pensamos en  una especie de ventanilla de atención para que la gente pueda acercarse y darnos un dato o plantear una queja. Es una forma de que aquellos que están comprometidos con el medioambiente –como la mayoría de los uruguayos– tengan esta suerte de ventanilla, dirección, sección o unidad para contribuir o denunciar yestar informados. 
                La otra modificación que proponemos es la creación de una comisión asesora, con colaboradores honorarios, que esté compuesta por especialistas, organizaciones no gubernamentales, cátedras universitarias, etcétera, de manera de aprovechar ese conocimiento y esa colaboración que a veces queda desperdigada o termina siendo al grito. Por estas razones nos parece bueno crear una comisión honoraria con esas características.  
                En cuanto al literal F), en el que se hace el planteo de la incorporación de Dinama y Dinagua, queremos insistir en que se agregue a la Dirección de Recursos Naturales Renovables (Renare): consideramos que todos los recursos naturales tendrían que estar dentro de este ministerio. En la misma línea planteamos la incorporación de la parte de investigación de recursos hidrobiológicos y el ecosistema acuático, que actualmente está en la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. 
También en el mismo literal F), que comienza diciendo: “Ejercer, en particular, la competencia…», sugerimos eliminar todas las referencias normativas. ¿Por qué? Porque siempre sucede que se crean más o nos puede quedar alguna afuera; son razones muy simples. Entonces, proponemos que la redacción diga solamente: «En especial, ejercer la competencia ambiental y el desarrollo sostenible regulados en la normativa vigente y las modificativas». Este ejemplo ya se da en distintas propuestas de leyes que ya existen. 
Para redondear –sin perjuicio de ceder la oportunidad a las compañeras por si quieren acotar algo-, nos parece que este nuevo ministerio no puede ser juez y parte en el tema del bienestar animal. Por lo tanto, nos parece que sería más adecuado que hubiera un órgano –en este caso, una unidad ejecutora– para esos fines, dentro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y perfectamente podría ser el Instituto Nacional de Bienestar Animal. 
                Otra propuesta de redacción que presentamos es con respecto al literal G) del artículo 287, para que allí se incluya la educación ambiental. El texto quedaría de la siguiente forma: «Promover la educación ambiental, así como la cultura del cuidado y preservación del medio ambiente, con el objetivo de concientizar a la sociedad de su trascendencia». O sea, pretendemos mantener la mayor parte del literal, pero haciendo hincapié en el tema de la educación ambiental. 
                Después, en lo que tiene que ver con la redacción de los artículos 289, 290 y demás –aclaro que voy a hacer un paneo general y que las compañeras van a hacer otras acotaciones-, el tema de las sanciones pecuniarias nos parece muy importante porque, obviamente, hay que responsabilizar aún más a estas actividades cuando se daña el ambiente. Aquí celebramos y felicitamos la instancia del artículo 42 del Código General del Proceso, pero nosotros agregaríamos la verificación de los daños ambientales a cargo del ministerio y que los gastos sean de cargo de las personas físicas o jurídicas responsables; o sea, proponemos que se invierta en investigar y en buscar al responsable. 
                Por último, hacemos una referencia a la Ley n.º 17220, sugiriendo el artículo 9, que hoy por hoy no hace referencia al derecho interno y por eso nosotros hacemos esa pequeña salvedad. 
                Por otra parte, también está todo lo que tiene que ver con el Instituto Nacional de Bienestar Animal. Si no fuera pertinente y no se pudiera integrar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, sería bueno que, por lo menos, en ese consejo hubiera un representante de esta cartera, ya que en la norma no está previsto. 
                En la redacción del artículo 294, cuando se habla de la creación del Consejo Nacional de Meteorología, se hace una enumeración de los organismos que lo integran: los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible; de Ganadería, Agricultura y Pesca; de Industria, Energía y Minería; de Defensa Nacional; de  Turismo; el Sistema Nacional de Emergencias y la Universidad de la República.  Sin embargo, consideramos que también debería estar el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, porque tiene una participación muy importante en los temas climáticos y demás. 
                En los artículos 290, 292 y siguientes, se habla de la transferencia de los recursos de los organismos –por ejemplo, de la Dinama– y consideramos que también se debería ampliar hacia las otras direcciones 
                En lo que tiene que ver con el formato y manteniendo los mismos artículos –es un pequeño consejo que tal vez sea demasiado detallista porque algunos estamos en la docencia–, tal vez hubiésemos hecho una estructura diferente, poniendo en primer lugar la creación del ministerio, luego la conducción de la política, después el artículo de administración y las competencias, pero las transferencias de recursos las hubiéramos unido un poco más con la secretaría de ambiente. Lo digo porque, por ejemplo, un aspecto está en el artículo 292; la supresión, en el 295; en fin, reitero que sin quitar la cantidad de artículos, la estructura podría tener un orden diferente. 
Volvemos a felicitar la iniciativa y nos ponemos a la orden. Luego les haremos llegar en forma escrita lo propuesto, porque de repente al hablar se puede omitir algún comentario.
SEÑORA GILLESPIE.- A modo de resumen y para no reiterar lo ya dicho, quiero decir que necesitamos que el Ministerio tenga más fuerza coercitiva, que tenga más peso. Muchas veces sucede que la Dinama sanciona, pero luego la sanción no se efectiviza. Pretendemos que no sea una mera transferencia de sectores del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, sino que tenga fuerza e identidad propia. 
También nos preocupa muchísimo que el enfoque tenga que ver con el cuidado ambiental, pero muy especialmente con los ecosistemas. Hay que tener cuidado con las áreas que están dentro del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca –ya las nombró la señora Corbrán–, porque la cartera va a tener una mirada más referida a la producción de dinero y al desarrollo económico. En definitiva, tenemos la inquietud de que cuando el tema pase al ministerio  de ambiente, ya cuente con otra defensa de estos ecosistemas.
                Por otra parte, ya hemos hecho referencia a la educación. Incluso, pensamos que sería importante, no solo contar con un departamento de educación dentro del mismo ministerio, sino que esto traspasara al Ministerio de Educación y Cultura propiamente dicho. En algún momento vimos la oportunidad –lo estudiamos con los compañeros de Ecologistas Unidos– de que, por ejemplo, se instruyera a los funcionarios para que tuvieran un mayor conocimiento y de esa manera, no solamente se pudiera llegar a los jóvenes, sino también a los mayores. 
                Asimismo, queremos decir expresamente que no estamos de acuerdo con los artículos 501 y 502, porque nos parece que son un despropósito. Tenemos la inquietud de que se contemple no solamente a las áreas protegidas, sino también a los parques nacionales, las áreas para la investigación, los monumentos naturales, etcétera. Consideramos que todo ese paquete tiene que estar en este proyecto de ley.
SEÑORA CASANOVA.- Más que nada he venido a apoyar a este grupo porque soy muy defensora de los animales. Por esa razón me gustaría que se integrara al ministerio el Instituto de Bienestar Animal para empezar a controlar, para que se pueda penalizar y para poder tener noción sobre la cantidad de animales que tenemos en las calles.  A modo de ejemplo, puedo decir que en el día de ayer se produjo un incidente con un caballo y no había un lugar para asistirlo. Actualmente, si se quiere asistir a un perro en la calle, no hay a donde llevarlo si no se paga.
                En definitiva, me gustaría que el Instituto de Bienestar Animal estuviera representado en este nuevo ministerio. 
SEÑORA BARCARCEL.- Buenas tardes y gracias por recibirnos.
                Me gustaría hacer hincapié en el tema de lo que significa hoy la propuesta del artículo 289 y cómo quedaría para nosotros, de forma de aportar al estudio y a la penalización de lo que es el daño al medioambiente. La experiencia nos indica que hoy en día tenemos varias formas de agresión al medioambiente y ello siempre está suscripto a un territorio; en lo legal, bajo  normas que ya existen y en las que la sanción es económica. 
Hace unos años formé parte de la comisión de medioambiente y salud e integré la junta departamental, por lo que conozco el tema y quiero poner algunos ejemplos.  Hay  pesqueros –que no tienen nuestra bandera porque no son de nuestro país– que vierten los desechos en una olla que todos deben conocer, cerca de Capurro, que es la que tiene que asumir los desechos tóxicos o los de los barcos, pero muchas veces lo hacen fuera de ella. Si eso pasa, se agrede el medioambiente y los desechos siguen por las corrientes de las aguas hacia otros lugares y generalmente pasa por las playas. La experiencia nos ha mostrado que en varias oportunidades y en casos concretos se han contaminado las playas, justamente al momento de reabrir la temporada. Por supuesto que se sanciona económicamente a las empresas y a los particulares que hacen esto, pero el daño existe. No quiero hablar en criollo, pero lo voy a tener que hacer; lamentablemente, muchas veces, cuando se toca el bolsillo es cuando realmente se concientiza, pero el medioambiente debe ser un tema sin frontera. Nosotros hoy tenemos elementos jurídicos que pueden apoyar la sanción pecuniaria en este aspecto. En ese sentido, dejamos en poder de la comisión una redacción a modo de aporte en cuanto a lo que se puede hacer en el futuro para el medioambiente. Quería hacer hincapié en esto, porque tenemos varios ejemplos en los que hoy el Estado no puede hacer otra cosa más que sancionar, pero realmente no lleva a cabo una prevención. Esperamos que, con la creación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible   a los infractores pasibles de multa económica también se les pueda sumar una multa penal, además de la educación. Esto está comprendido en el artículo 9.º de la Ley n.°17220 y pedimos que se agregue al proyecto de ley de urgente consideración, en la parte de sanciones. 
                Muchas gracias. 
SEÑOR PRESIDENTE.- Agradecemos a la delegación de Ecologistas Unidas por sus aportes.